Cuenta 100: Capital social

> 1 Financiación > 10 Capital > 100 Capital social

Capital suscrito en las sociedades que tengan forma mercantil, excepto cuando, debido a las características económicas de la emisión, deba contabilizarse como pasivo financiero. Hasta el momento de su inscripción en el registro mercantil y en el caso de sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada y sociedades comanditarias por acciones, la emisión y suscripción o asunción de acciones o participaciones, respectivamente, se registrará de acuerdo con lo que establece el subgrupo 19.

Su movimiento es el siguiente:
a) Se abonará por el capital inicial y las ampliaciones sucesivas en el momento de su inscripción en el Registro Mercantil, con cargo a la cuenta 194.
b) Se cargará por las reducciones del capital y en virtud de la extinción de la sociedad.


Ejemplo:

La empresa ABC S.A. ha constituido su capital social por un importe de 100.000 euros, el cual ha sido suscrito y desembolsado por los socios y registrado en la cuenta 194 «Capital emitido pendiente de inscripción». Una vez inscrito el capital en el Registro Mercantil, se debe registrar el asiento correspondiente, cancelando la cuenta 194 y abonando la cuenta 100 «Capital social».

Asiento contable:

Debe Haber
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194 Capital emitido pendiente de inscripción
(100.000 euros)
100 Capital social
(100.000 euros)

Detalle:

Debe:

194 Capital emitido pendiente de inscripción: 100.000 euros

Haber:

100 Capital social: 100.000 euros