Cuenta 108: Acciones o participaciones propias en situaciones especiales

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Acciones o participaciones propias adquiridas por la empresa (sección cuarta del capítulo IV del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas y de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada). Estas figurarán en el patrimonio neto con signo negativo. Su movimiento es el siguiente:

a) Se cargará por el importe de la adquisición de las acciones o participaciones, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.

b) Se abonará:
b1) Por la enajenación de las acciones o participaciones, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57. La diferencia entre el importe obtenido en la enajenación de las acciones o participaciones propias y su valor contable se cargará o abonará, según corresponda, a cuentas del subgrupo 11.
b2) Por la reducción de capital, con cargo a la cuenta 100 por el importe del valor nominal de las acciones o participaciones. La diferencia entre el importe de adquisición de las acciones o participaciones y su valor nominal se cargará o abonará, según corresponda, a cuentas del subgrupo 11.


Enunciado: La empresa XYZ, S.A. ha adquirido 1000 acciones propias a un precio total de 50.000 euros. El pago se realiza mediante transferencia bancaria.

Asiento contable:

Cuenta Debe Haber Descripción
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108 50.000 Acciones o participaciones propias
57 50.000 Bancos (Pago de acciones propias)