1 Financiación > 11 Reservas y Otros Instrumentos de Patrimonio > 114 Reservas especiales > 1143 Reserva por fondo de comercio
La que debe constituirse obligatoriamente cuando exista fondo de comercio en el activo del balance (artículo 213.4 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas). Mientras persista esta situación, la reserva será indisponible. Su movimiento es el siguiente: a) Se abonará con cargo a cualquier cuenta de reservas disponibles, o a la cuenta 129. b) Se cargará por la disposición que se realice de esta reserva.
Enunciado del ejemplo: La empresa «X» ha decidido transferir 10.000 € de sus reservas disponibles (cuenta 113) a la cuenta de reservas por fondo de comercio (cuenta 1143), en cumplimiento de la normativa que obliga a constituir una reserva para el fondo de comercio.
Asiento contable:
Fecha | Cuenta | Debe | Haber | Descripción | ||
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01/01/2023 | 1143 | 10.000 € | Reserva por fondo de comercio | |||
113 | 10.000 € | Transferencia de reservas disponibles |