Cuenta 1144: Reservas por acciones propias aceptadas en garantía

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Reservas que deberán constituirse en caso de aceptación de acciones propias en garantía (artículo 80.1 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas). Mientras persista esta situación, estas reservas serán indisponibles. Su movimiento es el siguiente: a) Se abonará por el importe total de la cantidad garantizada mediante acciones propias, con cargo a cualquiera de las cuentas de reservas disponibles o a la cuenta 129. b) Se cargará, por el mismo importe, cuando finalice la garantía, con abono a la cuenta 113.


Enunciado: La empresa XYZ, S.A. acepta en garantía acciones propias por un importe de 50.000 euros. Se decide abonar este importe a la cuenta 1144 Reservas por acciones propias aceptadas en garantía, utilizando reservas disponibles de la cuenta 129 (Resultados negativos acumulados).

Asiento contable:

Fecha: [Fecha del asiento]
Concepto: Aceptación en garantía de acciones propias

Debe Haber
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129 50.000 €
Resultados negativos acumulados
1144 50.000 €
Reservas por acciones propias
aceptadas en garantía

Nota: Este asiento refleja la constitución de reservas por el importe garantizado mediante acciones propias y la reducción de los resultados negativos acumulados para compensar el mismo importe.