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Pasivos no financieros derivados de obligaciones de cuantía indeterminada que no estén incluidos en ninguna de las restantes cuentas de este subgrupo; entre otras, las derivadas de litigios en curso, indemnizaciones u obligaciones provenientes de avales y otras garantías similares a cargo de la empresa. Su movimiento es el siguiente: a) Se abonará: a1) Al surgimiento de la obligación que origina la indemnización o pago, o por modificaciones posteriores en su importe que impliquen un incremento de la provisión, con cargo a las cuentas del grupo 6 que correspondan. a2) Por el importe de los ajustes que resulten de la actualización de valores, con cargo a la cuenta 660. b) Se cargará: b1) A la resolución firme del litigio, o cuando se determine el importe definitivo de la indemnización o del pago, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57. b2) Por el exceso de provisión, con abono a la cuenta 7952.
Ejemplo de asiento contable:
La empresa XYZ ha recibido una notificación de un litigio que puede resultar en una indemnización de 50,000 euros. Para reflejar esta obligación futura, se realiza un asiento provisional.
Asiento contable en el libro diario:
Fecha | Cuenta | Debe | Haber | Descripción | ||
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01/10/2023 | 142 Provisión para otras responsabilidades | 50,000 | Provisión por litigio pendiente | |||
660 Dotaciones a provisiones | 50,000 | Cargo de dotación a la provisión para el litigio |