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Efectivo recibido como garantía del cumplimiento de una obligación, con un plazo superior a un año. En términos generales, su movimiento es el siguiente: a) Se abonará: a1) En la constitución, por el valor razonable del pasivo financiero, con cargo a cuentas del subgrupo 57. a2) Por el gasto financiero devengado hasta alcanzar el valor de reembolso de la fianza, con cargo, generalmente, a la cuenta 662. b) Se cargará: b1) En la cancelación anticipada, con abono a cuentas del subgrupo 57. b2) Por incumplimiento de la obligación afianzada que genere pérdidas en la fianza, con abono a la cuenta 759.
Enunciado: La empresa XYZ recibe una fianza de 10.000 euros como garantía del cumplimiento de una obligación, a plazo superior a un año. Se registra el ingreso de la fianza en la cuenta correspondiente.
Asiento contable en el libro diario:
Fecha | Cuenta | Debe | Haber | Descripción | ||
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2023-10-01 | 572 | 10.000 € | Efectivo recibido por fianza | |||
180 | 10.000 € | Fianzas recibidas a largo plazo |
– Debe: 572 (Bancos)
– Haber: 180 (Fianzas recibidas a largo plazo)