> 2 Activo No Corriente > 25 Otras Inversiones Financieras a Largo Plazo > 253 Créditos a largo plazo por enajenación de inmovilizado
Créditos a terceros con vencimiento superior a un año, generados por operaciones de enajenación de inmovilizado. En el caso de que los créditos por enajenación de inmovilizado se concerten con partes vinculadas, la inversión se reflejará en la cuenta 242. Este importe se incluirá en el activo no corriente del balance. Su movimiento es el siguiente: a) Se cargará: a1) Por el importe de dichos créditos, excluyendo los intereses acordados, con abono a cuentas del grupo 2. a2) Por el ingreso financiero devengado hasta alcanzar el valor de reembolso del crédito, con abono, generalmente, a la cuenta 762. b) Se abonará a la cancelación anticipada, total o parcial, o a la baja del activo, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57 y, en caso de pérdidas, a la cuenta 667.
Enunciado: Se ha vendido un inmueble por 100.000 euros, con un pago aplazado a 5 años. El ingreso financiero devengado hasta la fecha de la operación, correspondiente a un año, asciende a 5.000 euros.
Asiento contable en el libro diario:
Fecha | Descripción | Debe (D) | Haber (H) | ||
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01/01/2023 | Créditos a largo plazo por enajenación de inmovilizado (venta de inmueble) | 253 (Créditos a largo plazo por enajenación de inmovilizado) 100.000 € | |||
Ingresos financieros devengados | 762 (Ingresos financieros) 5.000 € | ||||
Total | 100.000 € | 5.000 € |
Nota: En este asiento, se registra el importe del crédito a largo plazo por la venta del inmueble en el Debe de la cuenta 253, y el ingreso financiero devengado en el Haber de la cuenta 762.