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Deudas con proveedores de servicios que no se consideran estrictamente proveedores, formalizadas en efectos de giro aceptados. Se incluirá en el pasivo corriente del balance. En términos generales, su movimiento es el siguiente: a) Se abonará: a1) Por la recepción “a conformidad” de los servicios, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 62, mediante la aceptación de los efectos de giro. a2) Cuando la empresa acepte formalizar la obligación con los acreedores mediante la aceptación de efectos de giro, con cargo, generalmente, a la cuenta 410. b) Se cargará por el pago de los efectos al llegar su vencimiento, con abono a las cuentas que correspondan del subgrupo 57.
Enunciado del ejemplo: La empresa ABC, S.A. ha recibido servicios de consultoría por un importe de 2.000 € y ha aceptado efectos de giro para pagar a su proveedor.
Asiento contable en el libro diario:
Fecha | Cuenta | Debe | Haber | ||
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2023-10-01 | 62 – Gastos de servicios | 2.000 € | |||
411 – Acreedores, efectos comerciales a pagar | 2.000 € |
(En este asiento, cargamos la cuenta 62 por el gasto de los servicios recibidos y abonamos la cuenta 411 porque estamos reconociendo una deuda en forma de efectos comerciales a pagar).