Cuenta 4709: Hacienda Pública, deudora por devolución de impuestos

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Créditos con la Hacienda Pública por concepto de devolución de impuestos.
a) Se cargará:
a1) Por las retenciones y pagos a cuenta a devolver, con abono a la cuenta 473.
a2) Por la cuota de ejercicios anteriores que recupera la empresa como resultado de las liquidaciones fiscales del impuesto o impuestos sobre el beneficio, con abono a la cuenta 6300 o, en su caso, a la cuenta 8300.
a3) En el caso de devoluciones de otros impuestos que se hayan contabilizado en cuentas de gastos, se abonará a la cuenta 636. Si se hubiesen cargado en cuentas del grupo 2, serán éstas las cuentas que se abonen por el importe de la devolución.
b) Se abonará al cobro, con cargo a cuentas del subgrupo 57.


Enunciado del ejemplo:
La empresa «XYZ S.A.» solicita la devolución de retenciones a cuenta del IRPF por un importe total de 1.000 euros. Para ello, se contabiliza la deuda que tiene la Hacienda Pública con la empresa en la cuenta 4709 «Hacienda Pública, deudora por devolución de impuestos».

Asiento contable en el libro diario:

Fecha Cuenta Debe Haber Descripción
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31/10/2023 4709 Hacienda Pública, deudora 1.000,00 € Devolución de retenciones a cuenta del IRPF
473 HP, acreedora por retenciones 1.000,00 € Abono por la devolución solicitada

Esto refleja la solicitud de devolución de retenciones por parte de la empresa, aumentando el crédito con Hacienda a través de la cuenta 4709 y disminuyendo la carga que se tenía en la cuenta 473.