Cuenta 4751: Hacienda Pública, acreedora por retenciones practicadas

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Importe de las retenciones tributarias practicadas pendientes de pago a la Hacienda Pública. a) Se abonará al devengo del tributo, cuando la empresa actúe como sustituto del contribuyente o retenedor, con cargo a cuentas de los grupos 4, 5 o 6. b) Se cargará en el momento de su pago, con abono a cuentas del subgrupo 57.


Enunciado del ejemplo:
La empresa «XYZ S.L.» ha practicado retenciones a cuenta del IRPF por un importe total de 1.000 € en nóminas de sus trabajadores durante el mes de octubre. Estas retenciones se abonarán a la Hacienda Pública en el mes de noviembre.

Asiento contable en el libro diario:

Fecha Cuenta Debe Haber Descripción
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31/10/2023 4751 Hacienda Pública, acreedora por retenciones practicadas 1.000,00 € Abono a Hacienda Pública por retenciones practicadas en nóminas.
31/10/2023 640 Sueldos y Salarios 1.000,00 € Carga por retenciones de IRPF en nóminas.

Explicación del asiento:

– Se carga la cuenta 4751 Hacienda Pública, acreedora por retenciones practicadas, que representa la obligación de pago a la Hacienda Pública por las retenciones de IRPF.
– Se abona la cuenta 640 Sueldos y Salarios, puesto que se refleja la carga sobre los gastos de personal debido a las retenciones efectuadas.