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Deudas pendientes con los Organismos de la Seguridad Social derivadas de las prestaciones que estos proporcionan. Se clasifica en el pasivo del balance. Su movimiento es el siguiente: a) Se abona: a1) Por las cuotas que corresponden a la empresa, con cargo a la cuenta 642. a2) Por las retenciones de cuotas que afectan al personal de la empresa, con cargo a la cuenta 465 o 640. b) Se carga cuando se cancela la deuda, con abono a cuentas del subgrupo 57.
Enunciado del ejemplo:
La empresa «XYZ S.L.» debe 1.500 € a la Seguridad Social por las cuotas patronales correspondientes al mes de octubre. Esta cantidad se cargará a la cuenta 476 (Organismos de la Seguridad Social, acreedores) y se abonará a la cuenta 642 (Cuotas de la Seguridad Social a cargo de la empresa).
Asiento contable en el libro diario:
Fecha | Código | Concepto | Debe | Haber | ||
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31/10/2023 | 476 | Organismos de la Seguridad Social, acreedores | 1.500 € | |||
31/10/2023 | 642 | Cuotas de la Seguridad Social a cargo de la empresa | 1.500 € |