5 Cuentas Financieras > 53 Inversiones Financieras a Corto Plazo en Partes Vinculadas > 534 Intereses a corto plazo de créditos a partes vinculadas > 5345 Intereses a corto plazo de créditos a otras partes vinculadas
El movimiento de las cuentas mencionadas de cuatro cifras es el siguiente: a) Se cargarán por los intereses explícitos devengados que tengan un vencimiento no superior a un año, con abono a la cuenta 762. b) Se abonarán: b1) Por el importe de los intereses cobrados, con cargo a cuentas del subgrupo 57. b2) Por el reintegro, total o parcial, o baja del activo, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57 y, en caso de pérdidas, a la cuenta 667.
Enunciado del ejemplo:
La empresa «XYZ S.A.» ha devengado 1.000 € en intereses por un crédito a una parte vinculada. Estos intereses se contabilizan como intereses a corto plazo. La cuenta de ingresos por intereses correspondiente es la 762.
Asiento contable en el libro diario:
Fecha | Cuenta | Debe | Haber | ||
————– | ———————————- | ———– | ———– | ||
01/10/2023 | 5345 Intereses a corto plazo de créditos a otras partes vinculadas | 1.000 € | |||
762 Ingresos por intereses | 1.000 € |
Este asiento refleja el devengo de los intereses a favor de la empresa en relación con créditos otorgados a partes vinculadas, siguiendo las normas del Plan General de Contabilidad.