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Corrección valorativa por deterioro de carácter reversible en el inmovilizado material, intangible y en las inversiones inmobiliarias. Las correcciones valorativas por deterioro reconocidas en el fondo de comercio no podrán ser objeto de reversión. Se cargarán por el monto del deterioro estimado, con abono a la cuenta 204 o a las cuentas 290, 291 y 292, o a la cuenta 599, según corresponda.
Enunciado: Se estima un deterioro en el inmovilizado material de 5.000 € que se va a registrar como pérdida por deterioro.
Asiento contable en el libro diario:
Fecha | Cuenta | Debe (€) | Haber (€) | ||
————- | ————————– | ———- | ———– | ||
2023-10-01 | 691 Pérdidas por deterioro del inmovilizado material | 5.000 | |||
290 Suspense de cuentas (o 204, según corresponda) | 5.000 |