Cuenta 810: Pérdidas por coberturas de flujos de efectivo

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Su movimiento es el siguiente: a) Se cargará, por el importe derivado de considerar el menor valor de los siguientes importes: el resultado negativo acumulado del instrumento de cobertura desde el inicio de la cobertura o el cambio acumulado en el valor razonable de los flujos de efectivo futuros esperados de la partida cubierta desde el inicio de la cobertura; con abono, generalmente, a las cuentas 176, 255 ó 559. b) Se abonará, al cierre del ejercicio, con cargo a la cuenta 1340.


Enunciado del ejemplo: La empresa XYZ, S.A. ha registrado pérdidas por coberturas de flujos de efectivo por un importe de 5.000 euros, que se abonan a la cuenta 176 (Instrumentos financieros de cobertura) y se cargan a la cuenta 810 (Pérdidas por coberturas de flujos de efectivo). Al final del ejercicio, se contabiliza el ajuste correspondiente a la cuenta 1340 (Resultado del ejercicio).

Asiento contable en el libro diario:

Fecha Cuenta Debe (€) Haber (€)
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31/12/2023 810 Pérdidas por coberturas de flujos de efectivo 5.000
176 Instrumentos financieros de cobertura 5.000
1340 Resultados del ejercicio 5.000
5.000

Desglose:
Debe (810): Cargamos la cuenta de pérdidas por la disminución en el valor de cobertura.
Haber (176): Pagamos a la cuenta de instrumentos financieros de cobertura.
Cierre (1340): Ajustamos el resultado del ejercicio con el abono correspondiente.

Este asiento refleja la gestión según el Plan General de Contabilidad con respecto a la cuenta de pérdidas por coberturas de flujos de efectivo.