Cuenta 1140: Reservas para acciones o participaciones de la sociedad dominante

1 Financiación > 11 Reservas y Otros Instrumentos de Patrimonio > 114 Reservas especiales > 1140 Reservas para acciones o participaciones de la sociedad dominante

Reservas constituidas de forma obligatoria en caso de adquisición de acciones o participaciones de la sociedad dominante, y mientras estas no sean enajenadas (artículo 79.3ª del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas y artículo 40.bis de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada). Esta cuenta también incluirá, con el correspondiente desglose en cuentas de cinco cifras, las reservas que deban ser constituidas en caso de aceptación de las acciones de la sociedad dominante como garantía (artículo 80.1 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas). Durante estas situaciones, dichas reservas serán consideradas indisponibles. Su movimiento es el siguiente: a) Se abonará por el importe de adquisición de las acciones o participaciones de la sociedad dominante o por el importe que represente la cantidad garantizada mediante sus acciones, con cargo a cualquier cuenta de reservas disponibles, o a la cuenta 129. b) Se cargará, por el mismo importe, cuando estas acciones o participaciones sean enajenadas o cuando finalice la garantía, con abono a la cuenta 113.


Enunciado: La empresa «XYZ, S.A.» adquiere acciones de su sociedad dominante por un importe de 10.000 € y decide constituir una reserva obligatoria en la cuenta 1140 «Reservas para acciones o participaciones de la sociedad dominante» utilizando reservas disponibles.

Asiento contable en el libro diario:

Fecha Cuenta Debe Haber Descripción
————- ———————– ————– ————— —————————————————–
01/10/2023 1140 10.000,00 € Reservas para acciones de la sociedad dominante
01/10/2023 129 10.000,00 € Transferencia de reservas disponibles

Explicación:
– La cuenta 1140 «Reservas para acciones o participaciones de la sociedad dominante» se carga (se refleja en el Debe) por el importe de adquisición de las acciones.
– La cuenta 129 «Resultados pendientes de aplicación» se abona (se refleja en el Haber) indicando que se ha utilizado esta cuenta para constituir la reserva obligatoria.