Estas son las fechas que todo contable debe tener en cuenta para la presentación de impuestos:
Periodicidad de las Autoliquidaciones según el tipo de obligado tributario
- Anual:
- Personas físicas.
- Empresarios individuales.
- Profesionales.
- Sociedades.
- Entes sin personalidad jurídica.
- Trimestral:
- Empresarios individuales en estimación objetiva o directa.
- Profesionales.
- Sociedades.
- Entes sin personalidad jurídica.
- Mensual:
- Grandes empresas (volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 € en 2024).
- Sujetos pasivos del IVA que:
- Deben llevar libros registro a través de la Sede electrónica de la AEAT.
- Presenten el régimen especial de ventanilla única (IOSS).
- Administraciones públicas, incluyendo la Seguridad Social.
Formas de presentación de los modelos tributarios
- Por Internet (Presentación electrónica):
- General: Se realiza mediante la Sede electrónica de la AEAT, ya sea con:
- Formulario on-line: Se valida, genera un PDF y se presenta en oficinas de la AEAT (si es «a devolver», negativa o «a compensar») o en entidades colaboradoras (si es «a ingresar»).
- Ficheros generados: Mediante programas compatibles con los formatos establecidos.
- Formularios con ayuda: Muchos modelos tienen soporte de ayuda para su cumplimentación, destacando modelos comunes como el 036, 037, 100, 111, 130, 303, entre otros.
- Presentación completa en línea: Incluye autentificación y envío directo.
- General: Se realiza mediante la Sede electrónica de la AEAT, ya sea con:
- Por teléfono (Previa cita):
- Modelos específicos: 030, 036, 037, 100, 140 y 143.
- En papel:
- Modelos disponibles: 01, 04, 05, 06, 036, 037, entre otros.
- Proceso: Se descargan y cumplen en la Sede electrónica de la AEAT, se imprimen y presentan físicamente en oficinas de la AEAT, siempre que no sean obligatorios por vía electrónica.
En general, la vía electrónica es prioritaria, salvo excepciones específicas que permiten presentación telefónica o en papel.
Plazos de presentación y domiciliación bancaria para autoliquidaciones (2025)
- Regla general:
- Si el vencimiento de presentación coincide con un día inhábil, el plazo finaliza el siguiente día hábil.
- El plazo de domiciliación bancaria se amplía proporcionalmente al plazo de presentación.
Principales modelos y plazos
Modelo | Plazo de Domiciliación Bancaria | Plazo de Presentación |
---|---|---|
100, 151, 714 | Hasta 25 de junio | Hasta 30 de junio |
102 | Hasta 30 de septiembre | Hasta 5 de noviembre |
111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216 (Trimestral) | 1 al 15 de enero, abril, julio, octubre | 1 al 20 de enero, abril, julio, octubre |
111, 115, 117, 216, 230, 430 (Mensual) | 1 al 15 de cada mes (Excepto excepciones) | 1 al 20 de cada mes (Excepto excepciones) |
130, 131 (Trimestral) | 1 al 25 de enero, 1 al 15 de abril, julio, octubre | 1 al 30 de enero, 1 al 20 de abril, julio, octubre |
136 (Trimestral) | 1 al 15 de enero, abril, julio, octubre | 1 al 20 de enero, abril, julio, octubre |
200, 206, 220, 221 | 1 al 22 de julio | 1 al 25 de julio |
202, 222 (Trimestral) | 1 al 15 de abril, octubre, diciembre | 1 al 20 de abril, octubre, diciembre |
210 | 1 al 15 de enero, abril, julio, octubre | 1 al 20 de enero, abril, julio, octubre |
213 | 1 al 28 de enero | 1 al 31 de enero |
303, 353 (Mensual) | 1 al 25 de cada mes (Excepto excepciones) | 1 al 30 de cada mes (Excepto excepciones) |
303, 309 (Trimestral) | 1 al 25 de enero, 1 al 15 de abril, julio, octubre | 1 al 30 de enero, 1 al 20 de abril, julio, octubre |
410, 411 | 1 al 28 de julio | 1 al 31 de julio |
490 (Trimestral) | 1 al 25 de enero, abril, julio, octubre | 1 al 31 de enero, abril, julio, octubre |
560 (Mensual) | 1 al 15 del mes siguiente (Excepto excepciones) | 1 al 20 del mes siguiente (Excepto excepciones) |
561, 562, 563 (Mensual) | 1 al 15 del tercer mes siguiente al devengo | 1 al 20 del tercer mes siguiente al devengo |
566, 581 (Mensual) | 1 al 15 del mes siguiente (Excepto excepciones) | 1 al 20 del mes siguiente (Excepto excepciones) |
583 (Fraccionado) | 1 al 15 de febrero, mayo, septiembre, noviembre | 1 al 20 de febrero, mayo, septiembre, noviembre |
587 (Trimestral) | 1 al 15 de enero, abril, julio, octubre | 1 al 20 de enero, abril, julio, octubre |
588 | 1 al 25 de noviembre | 1 al 30 de noviembre |
589 | 1 al 15 de octubre (Fraccionado) | 1 al 20 de octubre (Fraccionado) |
592 (Trimestral) | 1 al 15 de enero, abril, julio, octubre | 1 al 20 de enero, abril, julio, octubre |
593 (Trimestral) | 1 al 25 de enero, abril, julio, octubre | 1 al 30 de enero, abril, julio, octubre |
595 (Trimestral) | 1 al 15 de enero, abril, julio, octubre | 1 al 20 de enero, abril, julio, octubre |
718 | 1 al 28 de julio | 1 al 31 de julio |
792 | 1 al 23 de febrero (Año bisiesto: 24 de febrero) | 1 al 28 de febrero |
793 (Fraccionado) | 1 al 15 de abril, julio, octubre | 1 al 20 de abril, julio, octubre |