El cálculo del IVA de importación en España se basa en la Base Imponible de Importación (BII), que incluye el valor en aduana más ciertos gastos adicionales. Se determina de la siguiente manera:
1. Determinación de la Base Imponible de Importación (BII)
La BII se compone de:
- Valor en aduana (según el método CIF: coste de la mercancía + seguro + flete hasta la aduana de entrada en la UE).
- Derechos arancelarios (si los hay).
- Otros impuestos y gastos aduaneros (excepto el IVA).
- Gastos accesorios hasta el primer destino en España (transporte, seguros, etc., si no están ya incluidos en el valor en aduana).
2. Aplicación del Tipo de IVA
Una vez calculada la BII, se aplica el tipo de IVA correspondiente en España:
- 21% (general).
- 10% (reducido, por ejemplo, algunos productos alimentarios y farmacéuticos).
- 4% (superreducido, por ejemplo, pan, leche, libros).
3. Fórmula General
IVA Importacioˊn=Base Imponible de Importacioˊn×Tipo de IVA\text{IVA Importación} = \text{Base Imponible de Importación} \times \text{Tipo de IVA}
Ejemplo Práctico
Supongamos la importación de mercancía con los siguientes valores:
- Valor en aduana (CIF): 10.000 €
- Derechos arancelarios: 500 €
- Gastos de transporte hasta el primer destino: 200 €
- Tipo de IVA: 21%
Cálculo de la Base Imponible de Importación: 10.000+500+200=10.700 €10.000 + 500 + 200 = 10.700 \
Cálculo del IVA: 10.700×21%=2.247 €10.700 \times 21\% = 2.247 \, \text{€}
Consideraciones Importantes
- El IVA de importación se paga en la aduana, salvo que la empresa esté acogida al Régimen de IVA diferido (en cuyo caso se declara en el modelo 303 y no se paga en aduana).
- Se contabiliza como un IVA soportado, pudiendo deducirse en la liquidación de IVA si la importación está vinculada a la actividad económica.